Para acogerse al mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario presentar diversa documentación.
No obstante, en la actualidad, la obtención de dichos documentos resulta sumamente accesible siempre que se disponga de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve, ya que la mayoría de documentos pueden tramitarse de manera telemática e inmediata, evitando así desplazamientos a las oficinas de las administraciones públicas.
A continuación, se facilitan algunos enlaces para obtener los documentos más relevantes requeridos en el procedimiento concursal de persona natural:
TRÁMITES GRATUITOS:
1. Consulta de SANCIONES de la AEAT (DE LO MÁS IMPORTANTE DE CONOCER PREVIAMENTE.
Puede tener deudas con la AEAT, pero si alguna de ellas es en concepto de SANCIÓN no podrá acceder a la exoneración de sus deudas; debe satisfacerla antes)
No se puede propiamente sacar un certificado de sanciones como tal, pero en ese enlace, en «Pagar todas mis deudas» podrá previamente consultar al menos qué deudas mantiene y de qué naturaleza son. Es muy importante conocer si se trata de una sanción, por ínfima que sea.
2. Consulta de SANCIONES de la Seguridad Social (DE LO MÁS IMPORTANTE DE CONOCER PREVIAMENTE.
Puede tener deudas con la TGSS pero si alguna de ellas es en concepto de SANCIÓN no podrá acceder a la exoneración de sus deudas; debe satisfacerla antes)
Es muy importante conocer si tiene alguna sanción, por ínfima que sea.
3. Certificado de la AEAT
Acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Elegir «Solicitud» > «Genérico» > «En la fecha actual»
4. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social e informes de deuda
Si no tiene deuda elija «Genérico»
→ Accede aquí y aquí
5. Consulta de deudas y obtención de documento de pago de la Seguridad Social
6. Tres últimas declaraciones de IRPF presentadas o certificado de que no había obligación de presentarla/-s.
(Seleccionar arriba a la derecha «Consulta de declaraciones presentadas». Modelo 100)
A partir de abril, la última declaración de IRPF corresponde a la del año natural inmediatamente anterior. Ej: en abril de 2025, la última declaración sería la de 2024.
7. Apoderamiento apud acta telemático
En la mayoría de procedimientos judiciales se debe apoderar a los profesionales que nos representan o asisten. Con este enlace Vd. lo puede hacer telemáticamente sin necesidad de otorgar poder notarial o de acudir al juzgado.
Le informaremos personalmente de los datos necesarios para este otorgamiento.
8. Certificado de nacimiento
Tanto si tiene cl@ve como certificado digital elija en un primer momento la opción cl@ve en «Mi Certificado de Nacimiento en un clic. Tramitación On-line con identificación mediante cl@ve»
Puede obtenerlo también en su «Carpeta Ciudadana»
A veces no está disponible si el Registro Civil en cuestión no lo tiene digitalizado, en ese caso deberá solicitarlo al Registro Civil en el que se inscribió su nacimiento.
9. Certificado o volante de Empadronamiento
En la web de su ayuntamiento o en su «Carpeta Ciudadana»
10. Informe de vida laboral
11. CIRBE (Banco de España)
Se trata de informe de la Central de Información de Riesgos del Banco de España en el que se recoge la información de créditos y préstamos de la persona solicitante.
En la leyenda de la derecha, seleccionar «Acceso a la aplicación Petición Informes y Reclamaciones CIR».
La emisión no es inmediata, debe aguardar unos minutos para poder descargarla. En días festivos y fines de semana, la respuesta será en el siguiente día hábil.
12. Certificado integrado de prestaciones públicas del INSS
(Donde dice en azul y subrayado el primer «este enlace»)
13. O prestaciones por desempleo
14. Catastro
Para conocer si figura inscrito como titular catastral de algún inmueble en el territorio nacional.
Si es titular en la DGT de un vehículo, si es antiguo y no tiene reserva de dominio (si tiene reserva de dominio mirar el apartado «con pago de tasas»)
(Imprimir desde la opción directa del propio navegador: arriba a la derecha y desplegar el menú «hamburguesa» o «tres puntos» y elegir «Imprimir» en pdf)
Si es titular en la DGT de un vehículo, valor fiscal (en el siguiente enlace, en el supuesto de Canarias. Necesita la tarjeta técnica del vehículo para conocer todos los datos requeridos):
15. Certificado de matrimonio
TRÁMITES CON PAGO DE TASAS:
1. Antecedentes penales (3,86 euros)
Tanto si tiene cl@ve como certificado digital elija en un primer momento la opción cl@ve en persona física. En finalidad elija «Otros». Como medio de pago elija «Cuenta corriente» que da menos problemas y no está limitado en horarios; tenga en cuenta que en esta opción usted debe ser el titular de la cuenta.
En la «Carpeta ciudadana» se puede obtener un documento al respecto de forma gratuita, pero no todos los juzgados lo dan por suficiente, por lo que para no perder tiempo ni cargar de trabajo innecesario al juzgado que sólo ralentiza su actividad, aconsejamos directamente solicitar este certificado en el enlace precedente.
2. Cancelación de antecedentes penales.
Si su responsabilidad penal ya se hubiera extinguido y previamente tuviera o quisiera cancelar sus antecedentes penales.
3. Nota de bienes inmuebles del Registro de la Propiedad (9,02 euros)
(Elegir en la leyenda de la izquierda «Nota de localización». Donde pone su datos no marque «Incluir derechos no vigentes». En la siguiente página seleccione «Toda España» «Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad o limitaciones»)
En la nota se expondrá si es titular o no de bienes inmuebles en todo el territorio español.
(La emisión tardará entre uno y dos días. Le llegará un enlace al correo que designó. Para poder descargar la nota tiene que identificarse con el mismo certificado digital con el que hizo la solicitud)
Puede solicitarlo personalmente en el Registro de la Propiedad más cercano a su domicilio por un importe menor, pero su emisión será en papel, no en formato digital.
4. Si es titular de un vehículo en la DGT que tenga reserva de dominio, informe detallado de la DGT (8,67 euros):
PARTICULARES
Por otro lado, serán necesarios otro tipo de documentos particulares que Vd. tendrá en su poder o puede obtener.
1. DNI parte delantera y trasera (a efectos del Registro Civil)
No todos los juzgados lo requieren, pero muchos de ellos sí, por lo que es conveniente entregarlo de entrada para no tener pausas innecesarias en el procedimiento judicial que demoren su tramitación.
Para evitar suplantaciones de identidad, NUNCA dé una copia de su DNI a nadie sin marcas de agua, menos por medios telemáticos. Con el programa Safer Layer, por ejemplo, Vd. lo comparte indicando que sólo es para su presentación en el Juzgado, sin que dicha anotación sea modificable de ninguna manera, ni siquiera por inteligencia artificial según indican sus programadores.
Los programadores indican también que la copia nunca se sube a la nube y sólo se procesa en local.
Escaneé ambas caras con el móvil con la aplicación https://saferlayer.com/ (o con la que Vd. prefiera)
No oculte ningún dato, pues es para su presentación en el Juzgado; en «Especifica el uso…» ponga en el texto, «Sólo para el Juzgado»
Pegue ambas caras en la misma página en un word u otro editor de texto y envíenosla.
2. Certificado de saldo de todas sus cuentas corrientes (no extractos).
Si los tuviera, también de sus planes de ahorro, de pensiones…
Podrá obtenerlo desde la página web o aplicación de su entidad financiera sin necesidad de desplazarse hasta su oficina.
3. TRES últimas nóminas, pensión o subsidio.
En este caso, si no los tuviera, debería solicitarlos a su empresa u oficina de la seguridad social correspondiente.